Convocatoria: subvenciones sector cultural afectados por COVID19

Autor/es

Sandra Martinez

Fecha de publicación

Convocatoria: subvenciones sector cultural afectados por COVID19

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las empresas culturales establecidas en Castilla y León que, de manera habitual, se dedican a los ámbitos del audiovisual y multimedia, de las artes escénicas y musicales, del libro y las bibliotecas, de los archivos y el patrimonio documental, de las artes plásticas y los centros museísticos, de la gestión cultural y de la promoción cultural, así como aquellas dedicadas a la enseñanza del español para extranjeros radicadas en la Comunidad, siempre y cuando, en todos los casos, el número de trabajadores por cuenta ajena no sea superior a cinco. Además, deberán continuar con la actividad de la empresa, al menos seis meses desde la fecha en que se levanten las medidas de contención en equipamientos culturales y de enseñanza establecidas por el Real Decreto de estado de alarma.

Contenido de la convocatoria

En cuanto a los gastos subvencionables, serán los derivados de suministros, mantenimiento, alquiler o hipoteca de locales, cuotas por pertenencia a asociaciones del sector cultural, material de oficina, seguros, gastos de asesoría relacionados con la pandemia, mantenimiento y gastos derivados de los programas y equipamientos informáticos, publicidad on-line, amortización y cuotas de bienes de equipo contratados en renting o leasing.

El procedimiento de concesión de las subvenciones previsto es el de concesión directa; su cuantía global será de 400.000 euros, ampliables a otros 200.000 euros, en caso de ser aprobada la modificación presupuestaria pertinente condicionada a la declaración de disponibilidad de crédito. La cuantía individualizada de cada subvención no podrá ser inferior a 500 euros ni superior a 2.000 euros.

Las solicitudes deberán presentarse telemáticamente, junto con la documentación que se indica en la convocatoria, que incluye los justificantes de gasto y de pago subvencionables, a través del registro electrónico de la Administración de Castilla y León. El plazo comienza el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOCyL y finaliza el 3 de agosto de 2020.

La selección de los beneficiarios se realizará por el orden cronológico de la presentación de las solicitudes, desde que el expediente esté completo, en función del cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases reguladoras y en la convocatoria, hasta que se agoten los fondos económicos habilitados en ésta última.

BASES REGULADORAS:

CONVOCATORIA:

BDNS (Identif.): 509398PLAZO: hasta el 3 de agosto de 2020TODA LA INFORMACIÓN EN TRAMITA CASTILLA Y LEÓN